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PRIMERA.- El presente contrato se otorga conforme a lo establecido en la Ley 29/l.994 de 24 de Noviembre, de Arrendamientos Urbanos y se regirá por lo dispuesto en la misma, y por lo pactado en este documento.
SEGUNDA.- El piso arrendado es la vivienda antes señalada y que se destinará para uso exclusivo de vivienda de la arrendataria, con exclusión de todo otro uso, y no podrá por consiguiente, cederlo, realquilarlo o subarrendarlo, en todo ni en parte, ni alojar en él a huéspedes sin permiso escrito del propietario.
La parcela de garaje es la señalada en el exponiendo de este contrato, y se destinará exclusivamente al aparcamiento de un vehículo .
Es un contrato correcto y legal. El arrendamiento de vivienda se hace para uso exclusivo como vivienda. Si se quiere alquilar una vivienda para uso distinto del de vivienda debe hacerse un contrato que así lo indique, ya que si se pretende ejercer una actividad profesional en ella el arrendador debe saberlo, así como ver si la comunidad lo permite. Y referente a la plaza de garaje es lógico que se destine a aparcamiento de vehículo y no por ejemplo que su inquilino pueda llenarlo de objetos como si fuera un trastero. Lo veo perfectamente correcto.
Un saludo.
El incumplimiento de la segunda claúsula es motivo para anular el contrato.
Son clausula absolutamente lógicas. ¿Cual es el problema?
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