Buenas noches. Llevo quince años viviendo en una vivienda de VIPASA, de Asturias, que en su momento consegui para compra tuve que cambiar a alquiler (y supuestamente nos ofrecerian a los 10 años para comprar). En el contrato se nos delega la representación en las juntas, participar, elegir y ser elegido como miembro de los órganos de la comunidad, aprobar ingresos y gastos, cuentas de ejercicios y disposiciones de régimen interior. No se nos delega la representación para modificar estatutos o para aprobar obras que supongan una derrama extraordinaria. Bien yo pude ser hace tiempo vocal, pero el administrador se niega a que podamos ser órganos de la comunidad aunque lo diga VIPASA. Es correcto el proceder del administrador, el contrato es erróneo? Que me recomienda? Muchas gracias
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