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aurra

inquilino/a

Obras urgentes
Vivo.en una casa donde hay que realizar una obra ya que está inutilizada la cocina y hay que abrir tuberías. Vivo.con dos.bebes y no tenemos donde quedarnos. De qué derecho disponemos? 
  • Preguntado por: aurra
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si la obra es NECESARIA, y dura menos de 20 días, tiene que soportarla sin más.
    Si la obra es NECESARIA, y  dura más de 20 días, puede exigir una rebaja en la renta por los días que dure la obra, proporcional a lo que signifique la cocina sobre el resto del piso.
    ASÍ LO EXPRESA LA LEY:

    Cuando la ejecución de una obra de conservación no pueda razonablemente diferirse  hasta la conclusión del arrendamiento, el arrendatario estará obligado a
    soportarla, aunque le sea muy molesta o durante ella se vea privado de una parte de la vivienda.
    Si la obra durase más de veinte días, habrá de disminuirse la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que el arrendatario se vea privado.



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