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Nos piden un aval bancario de 3 meses o un depósito a la immobiliaria de 3 meses.
La Ley solo establece como obligatoria la fianza de uan mensualidad, que debe además ser ingresada por el propietario en el organismo autonómico correspondiente.
No obstante ello, las partes son libres para pactar cualquier otra garantía, como una mayor fianza, un aval, etc. Si ambas partes están de acuerdo es perfectamente válido.
Por tanto lo unico que puede hacer es negociar con el propietario o no alquilar ese piso.
BufetPrieto SLP
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