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Hoy notificado al propietario de mi piso que el 10/02 me mudaré el dia 31.
el siguiente mes lo tengo que pagar integral o solamente hasta el dia 10 para cumplir los 30 días de antelación exigidos por la ley?
Claudiane,
no es tan simple, solo puedes dejar el piso cada año, en el aniversario del contrato.
Ademas, debes avisar con 30 dias como mínimo antes del aniversario.
Algo me dice que no es tu caso. Si lo incumples el dueño te podrá exigir todos los meses que faltan hasta que se cumpla el año.
Saludos,
Pablo.
Hay que tener en cuenta varias cosas:
espero haberte ayudado.