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Tengo un alquiler por años prorrogable a cinco, ahora hago mi primer año y en el contrato se estipulaba solo la subida del IPC. Me han dicho que el propietario debe notificarme cual será el incremento, pero aún no lo ha hecho. ¿Con cuanta antelación debe notificarmelo? ¿Puedo seguir pagando lo mismo si no se me notifica?
Gracias.
Hola taythsa:
sin perjuicio de la respuesta anterior, le sugiero la lectura del siguiente enlace:
http://letradosalquileres.es.tl/Actualizacion-renta-contrato-vivienda-posterior-al-1_1_1995.htm
reciba un cordial saludo
despacho Armando García Fernández.
Sin perjuicio de lo comentado hasta ahora, es tambien facultad del inquilino actualizar el IPC si lo precisa. No es posible cobrarlo retroactivamente pero si actualizar el ipc desde el inicio. Es decir si este año no te lo actualiza y el IPC pongamos que es un 2% y el que viene es un 1 %, el año que viene te podrá pedir un augmento de ipc del 3%. No se si me he explicado...
Asi es, es el propietario quien debe comunicar la actualización, por tanto paga lo mismo hasta que te la haga.
pedro Martinez
Abogado
Debes seguir pagando lo mismo hasta que te lo notifique.
empezarás a pagar esa subida en el momento que te lo notifique una vez haya pasado el año, y si tarda tres meses en notificartelo, eso que te ahorras, porque no te lo podrá pedir con caracter retroactivo.