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A la hora de arrendar una vivienda, la inmobiliaria se confundió al reservar el piso que nosotros queríamos (y que, a la hora de firmar ya no estaba disponible según nos dijeron). Por falta de tiempo y diversas circunstancias (aparte de que no podemos demostrar el error, ya que se habló vía llamada telefónica), tuvimos que aceptar la vivienda que nos habían reservado (superficie y precio no diferían de la original; sólo la distribución); sin embargo, el anuncio de las mismas indicaba que se trataba de viviendas nuevas (conservo los anuncios) y ya el primer día vimos que, en el caso de la que nos habían entregado, no era así (elementos rotos o deteriorados, limpieza por uso previo más que cuestionable, etc.).
Hemos tratado de que la inmobiliaria solucione estas cuestiones mediante el diálogo, sin éxito; por eso creo que nuestra única opción ahora es presentar una queja, pero ignoro si este tipo de negocios están obligados a disponer de este instrumento.
Rhevan estoy de acuerdo con mi compañero León y le recomiendo que, aunque sea para la próxima vez, lea el Decálogo del inquilino en el enlace que le dejo.
para ampliar o aclarar esta información puede Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención Directa e inmediata (1,21eur. /min. Desde fijo; 1,57eur. /min. Desde Móvil) http://www.pedrohernandezabogado.com/
Rhevan: sí están obligados, pero siento decirle que presentar una de esas hojas no les servirá para absoutamente nada. Lo único que podría servirles es una demanda, y creo sinceramente que no les merece la pena.