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En qué momento puedo empezar los trámites de desahucio express? Desde el primer mes impagado?
Aquí tienes más información sobre el Desahucio Express:
Y la ley que lo regula: Ley 19/2009, de 23 de noviembre, de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y de la eficiencia energética de los edificios.
Hola,
no es que tenga que esperar un mes, es que no debe esperar más, la demanda de desahucio se puede poner en el primer impago y no hace falta esperar a que acabe el mes, es más, no debería, pues luego la deuda se va haciendo cada vez más grande y acabaré por no cobrarla si son insolventes, mientras más tarde en ponerla, más tiempo les tendrá en el piso y más dinero le dejarán a deber. Si es Ud. de Masdrid o alrededores puedo ponérsela y cualquier otra duda que tenga no dude en consultarmela, ahora con la nueva ley se tarda bastante menos.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid
La mejor formula para evitar demoras es iniciar el desahucio en cuanto se produzca un retraso injustificado, si el inquilino al no haber sido requerido previamente, paga y detiene (enerva) el desahucio, queda avisado de que la próxima vez no lo podrá hacer.
En mi blog tengo estudiado el llamado desahucio express, que falta demostrar que lo es efectivamente
Efectivamente, se puede iniciar desde que se produce el primer impago, que de forma prudente entiendo que es cuando ha terminado el més al que se refiere tal impago.