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el contrato es de 5 años, ya estoy ocupando la vivienda desde hace 9 meses. La propietaria indica que ahora necesita la vivienda por que la han trasladado de sucursal (20kms de distancia) ¿es legal?
Es más, en mi opinión, en este caso ni siquiera sirve la cláusula de necesidad. Si el contrato se firmó DIRECTAMENTE por 5 años, no hay prórrogas que PARAR.
En mi opinión tu arrendador tendrá que buscarse algo hasta que cumpla tu contrato, u ofrecerte una indemnización tan interesante tan interesante que te compense de buscar otro piso, mudarte, etc.
Saludos - Papeleos Alquiler
Solo puede alegar uso propio si antes venía estipulado en el contrato esa posibilidad. Si está en el contrato, puede hacerlo efectivo en el cumplimiento de cualquier anualidad.