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evaalc

profesional

Local con contrato de 1983, cláusula de duración sin perjuicio de prórroga forzosa, ¿puede extinguir el contrato el casero?

¿cuándo podría extinguirlo y en base a qué ley? entiendo que entra en la ley de arrendamiento urbano de 20 años una vez ha pasado el primer año obligatorio.

  • Preguntado por: evaalc
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para contestar a esas preguntas se hace preciso examinar el contrato, es cierto que la lau1994 tiene prevista la extinción de determinado contratos al transcurrir 20 años, es decir 1/1/2015.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 12 años
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