Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.

evaalc

profesional

Local con contrato de 1983, cláusula de duración sin perjuicio de prórroga forzosa, ¿puede extinguir el contrato el casero?

¿cuándo podría extinguirlo y en base a qué ley? entiendo que entra en la ley de arrendamiento urbano de 20 años una vez ha pasado el primer año obligatorio.

  • Preguntado por: evaalc
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Para contestar a esas preguntas se hace preciso examinar el contrato, es cierto que la lau1994 tiene prevista la extinción de determinado contratos al transcurrir 20 años, es decir 1/1/2015.

    Para ampliar o aclarar esta información puede  Hacerlo al teléfono: 807 520 008 donde recibirá atención  Directa e inmediata (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)
    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
Expertos más activos
  • PEDRO BURRUEZO - casero/a
    171 respuestas

  • Creu - inquilino/a
    173 respuestas

  • tamaralexa - inquilino/a
    40 respuestas

  • Inmoboteros - profesional
    318 respuestas