Ante todo, habrá que examinar las estipulaciones del contrato a ese respecto, si no hay nada estipulado habrá que llegar a un acuerdo ya que al tratarse de una cuestión absolutamente novedosa no existe doctrina al respecto.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
pedrohernandezabogado.blogspot.com estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente.