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No tenemos contrato firmado pero sí el recibo bancario con el concepto
Muchisimas gracias a ambos.
Siempre aprendiendo.
Por cierto, arreglado. El propietario, comprensivo, accedió a pagar una pequeña cantidad. Todos contentos!
Ana Maria 111: efectivamente como le dice Amparo si no lo han pactado no tienen por qué devolverles el doble. Ud. misma dice que no tienen contrato firmado con lo cual está claro que esa obligación no está recogida en ninguna parte. En general las cláusulas penales como las que menciona tienen que estar expresamente pactadas o al menos deducirse con muchísima claridad del texto del contrato lo que está claro que no es el caso.
Lo que sí puede reclamar son los daños que le haya causado el desistimiento de la parte contraria, como reserva de billetes de avión o gastos por el estilo, siempre y cuandop puedan demostrar esos gastos.
Si no lo dice expresamente en el documento que firmaron, o no se lo pagan pacíficamente, necesitarán ir al juzgado para intentar conseguirlo.
Para ver las posibilidades de ganar ese pleito, esperen la opinión de uno de nuestros abogados. Pero es posible que valga más el collar que el perro.
Saludos