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El piso lo arrendé a través de un Adminstrador de fincas que es quien lleva la admnistración de toda la finca. El administrador se hacía cargo de los cobros, gestiones etc y periódicamente me ingresaba los alquileres. He estado fuera de España durante mas de un año y a la vuelta me entero que el inquilino lleva más de un año sin pagar. El inquilino es funcionario y al parecer es posible que a través de una demada judicial haya sentencia que le obligue al pago a través de intervención en su nómina, pero mi enojo es principalmente contra el Administrador debido a que durante este periódo ni me ha comunicado o nada (tengo Email) ni ha hecho nada al respecto con el inqulino ni conminarle al cobro, ni nada de nada. Creo que como Administrador tiene unas obligaciones intrínsecas a su cargo. Un abogado me dice que él es responsable subsidiario por dejación de responsabilidad.
Buenos días:
En primer lugar, y sin más demora, inicie el procedimiento de desahucio contra el inquilino y reclame en el mismo las rentas debidas.
En segundo lugar, y con respecto a la actuación del administrador, bajo mi punto de vista, no considero que pueda ser responsable subsidiario de los importes impagados, pero posiblmente pueda ser responsable de daños y perjuicios, por el deficiente cumplimiento del mandato, o del contrato de servicios que existiera entre Vds. Pero eso es conveniente que lo consulte y estudie con detenimiento con un abogado experto, pues no será un pleito sencillo.