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Mar G.Almodovar

casero/a

El inquilino de un local firmó contrato por 6 años en 2010. Se marcha este mes. Qué indemnización debo cobrarle?

Lo olvidaba :

además en el contrato dice que a partir del tercer año, la renta será como minimo una cantidad concreta.

si puedo pedirle indemnización, debo tener ese dato en cuenta?

gracias otra vez

  • Preguntado por: Mar G.Almodovar
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Oscar Aparisi ha sido el primero en contestar
  • Jan Abogado

    profesional

    pregunta duplicada

  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    Los contratos están para cumplirlos, así que puedes intentar que lo cumpla, y en caso de no conseguirlo pedirle la indemnización que tu creas por incumplimiento, lo normala en estos casos, además de la perdida de la fianza, es pedir una indemnización de un par de meses por año que resta para cumplir el contrato.

    Si no llegáis a un acuerdo, tendréis que acudir a los juzgados.

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