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IRENE RFS

casero/a

Cuando un inquilino lleva tres meses sin pagar el alquiler, ¿se puede entrar en la casa?

¿Cómo se procede al cobro?

  • Preguntado por: IRENE RFS
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    No se puede entrar en la vivienda hasta que haya una orden judicial. Puede reclamar por carta remitida por burofax y luego judicialmente, para lo que necesitará contratar a un abogado.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Como complemento a la respuesta de Amparo BB recomendar la lectura de esto

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    No tenías que haber esperado tanto.

    A partir del primer mes, ya podías haber actuado.

    Paso 1º: Envía un burofax reclamando todo lo que te deba.

    Paso 2º: Ve contratando a un abogado para que - en cuanto se cumpla un mes desde la fecha de envío (si no lo recogen)  - o de recepción del burofax (en caso de que lo recojan) interponga una demanda de rentas debidas y solicitando el desahucio.

     

    Y a esperar.

     

    Saludos - Papeleos Alquiler

     

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