Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
¿Cómo se procede al cobro?
No se puede entrar en la vivienda hasta que haya una orden judicial. Puede reclamar por carta remitida por burofax y luego judicialmente, para lo que necesitará contratar a un abogado.
A su disposición para lo que pueda necesitar,
www.asistencialegal.net
Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
Como complemento a la respuesta de Amparo BB recomendar la lectura de esto
No tenías que haber esperado tanto.
A partir del primer mes, ya podías haber actuado.
Paso 1º: Envía un burofax reclamando todo lo que te deba.
Paso 2º: Ve contratando a un abogado para que - en cuanto se cumpla un mes desde la fecha de envío (si no lo recogen) - o de recepción del burofax (en caso de que lo recojan) interponga una demanda de rentas debidas y solicitando el desahucio.
Y a esperar.
Saludos - Papeleos Alquiler