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El inquilino tiene una deuda y nos avisa que se marcha del piso, sin pagar y sin avisar con el mes de antelación que marca la ley.
Se le puede obligar a cumplir el mes de aviso, si no lo cumple, se le puede pedir que abone ese mes?
Si se hace la resolución con reconocimiento de deuda, posteriormente se puede poner la demanda judicial?
Hola Rosa:
Coincido con la respuesta de mi compañero Pedro.
Reciba un cordial saludo.
Visto lo visto,. A enemigo que huye,. Puente de plata
los medios para cobrar se ponen antes,nunca después
¿como vas a obligar a que no se marche o a que pague?
nadie obliga mas que un Juez, de ahi la necesidad de demandar.
y en esa demanda, el abogado ya determinara los efectos de una notificacion sin la antelacion que marca la ley o el contrato.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es
Eso ya lo se Pedro, pero la propietaria en este caso, todavía no ha demandado judicialmente y quería saber si hay alguna manera de "obligar" al inquilino a cumplir el mes de aviso.
Gracias
Eres profesional Rosa?
Cuando un inquilino no paga se le demanda.
pedro Martínez
Abogado
5001@icagr. Es