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Klaus

casero/a

Mi inquilino abandona la vivienda antes de cumplirse el año de contrato. ¿Cómo he de proceder?
Firmamos contrato por un año 1 agosto 2008. Ayer, 2 de marzo, avisa que deja la vivienda 1 abril. ¿Qué herramienta legal existe para proteger mis derechos?
  • Preguntado por: Klaus
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Armando Perea ha sido el primero en contestar
  • Armando Perea

    Armando Perea

    profesional

    En principio la fianza responde de ese incumplimiento del contrato, si fuera insuficiente porque te ocasionase más perjucio (que la fianza depositada no cubriese el tiempo que vas a tener el piso vacío) solo te quedaría la reclamación judicial. En todo caso, cuando te entregue las llaves y la copia del contrato prepárale un escrito en el que además de revisar el estado en el que te devuelve la vivienda, conste de forma clara el incumplimiento realizado por su parte, el perjucio que te ocasiona y las medidas a realizar por tu parte (no devolución de las fianzas y reservarte las acciones legales que te amparen).
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