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Paolo_x

inquilino/a

Si incumplo una cláusula de no poder tener animales, ¿qué es lo peor que puede pasarme?

Quiero decir, si lo peor seria una resolución del contrato, o si podria tener algun tipo de sanción, perdida de fianzas, etc. 

La situación concreta es que vivo en un ático con 40m de terraza, y mi idea es que mi pareja venga a vivir conmigo; tiene dos gatos y como que abandonarlos no es una opción, hemos llegado al "pacto" de que vivan en la terraza (exclusivamente).

Me gustaria saber qué podria llegar a enfrentarme (legalmente) en el peor de los escenarios, si el dueño se percatase y no hubiese destrozos.

Muchas gracias por vuestro tiempo. 

Pablo.

  • Preguntado por: Paolo_x
  • Hace 14 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (14)
PHOLMO ha sido el primero en contestar
Juanantonio2004 ha sido elegida Mejor Respuesta
  • montoro

    montoro

    inquilino/a

    A mi si que dan miedo algunas preguntas que hacen algunos inquilinos juan antonio. Por que yo lo soy y personalmente pienso que hay barreras que uno como inquilino nunca debe pasar.

    un saludo. Montoro

    • Respondido por: montoro
    • Hace 13 años
  • Juanantonio2004

    casero/a

    Que extraño que algunos se digan ser "inquilinos" y siempre salen metiendo miedo a toda pregunta de un inqulino que hace pregunta de un inquilino. ¡Es ya vergnonzoso!

  • Paolo_x

    inquilino/a

    Esta es la ultima respuesta que voy a dar.

     

    El ignore una clausula no tiene nada que ver con que sea o no ignorante (ni de la clausula ni de nada en general). 

    Si no ves eso, poco hay que hacer...

    Por cierto, si te lees la pregunta de nuevo, verás que la intención era la de averiguar (hace 2 meses, por cierto) las posibles consecuencias; y no actuar asi "ignorantemente".

     

    Ya por ultimo, te aseguro que me siento en posición de discutir acerca de la educación de cualquiera que responde protegido por la impunidad de un sobrenombre.

    Dando por zanjada esta cuestión,

    Pablo.

     

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 14 años
  • montoro

    montoro

    inquilino/a

    La ignorancia (del verbo "ignorar", del latín ignorare -"no saber"-, derivado negativo de la raíz gnō- de (g)noscere -"saber"-[1] [2] ) suele entenderse de forma general como ausencia de conocimiento.

    Como ves Paolo tu actuas con ausencia de conocimiento (ignorancia) ya que tu contrato te deja claro que no puedes meter animales y tu lo estas ignorando.

    Creo que no estas en condicion de decirme la clase de estudios que tengo ya que tu actitud de incumplimiento ante un contrato que por cierto firmaste tu y aceptaste la prohibición clara de no meter animales refleja los conocimientos que debes tener tu.

    Amigo paolo le recomendaria sinceramente que no me hable de cursos de buenas maneras cuando usted esta faltando su palabra con su casero de no meter animales.

    Por ultimo no confunda la educación con la clara exposición.

    Lease de nuevo su contrato de alquiler aver si en la clausula donde dice claro "no meter animales" ,la cual usted ve conveniente pasar por alto en algun momento,es falta de educación o es una clara y detallada exposicion exposición para que usted entienda lo que no debe hacer en una casa que las normas no las pone usted sino su casero.

    Por ultimo le doy la definición de contrato para refrescarle la memoria y deje la ignorancia a un lado.

    Un contrato, es un acuerdo de voluntades, verbal o escrito, manifestado en común entre dos o más personas con capacidad (partes del contrato), que se obligan en virtud del mismo, regulando sus relaciones relativas a una determinada finalidad o cosa.

     Para la aceptación de la oferta de contrato, el otro contratante debe dar su consentimiento expreso o tácito, que indique su inequívoca intención de aceptar la oferta y adherirse a las condiciones del oferente.

    Sin más. Atentamente.

    Montoro

     

    • Respondido por: montoro
    • Hace 14 años
  • montse22

    inquilino/a

    yo hace cuatro meses que coji un piso de alquiler para fines de semana y vacaciones y lo primero que pregunte en la agencia si podia llevarme los gatos,si me hubiesen dicho que no ni lo cojo,donde voy yo van ellos.

    • Respondido por: montse22
    • Hace 14 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    Acabo de ALUCINAR con la respuesta del colega "Montoro".

     

    Menudo tacto! Que educación! Como se notan los estudios superiores y la escuela de pago!

    A ver si eres capaz de explicarme que diantres tiene que ver la "Absoluta ignorancia como ser humano" con el incumplir una cláusula. (esta o cualquier otra).

     

    Amigo Montoro, le recomendaria sinceramente, aparte de un mes de inmersión en una "escuela de buenas maneras" una lectura al diccionario; en concreto a la palabra "Ignorancia".

    Si se ve con ánimos tras tan árdua tarea, puede ir unas cuantas páginas atrás y leer la de "Educación".

    Sin mas, atentamente, 

    Pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 14 años
  • gabix

    inquilino/a

    hola,paolo_x,admiro tu decision de aceptar las 2 gatitas de tu amigo por amor/amistad y te puedo decir q si tienes un contrato donde pone espresamente q NO puedes tener animales,se puede invocar la resolucion del contrato por parte del casero/inmobiliaria,y al final saldras perdiendo solo tu...lo q otros han echo en situaciones similares,han ido y han hablado con el casero/agencia y al final han aceptado animales,con la condicion q no moleste los vecinos o q no produzcan danos a la vivienda....pero algunos de los inquilinos se han olvidado de poner el "acepto" en un papelito y luego han tenido bastantes "dolores de cabeza",menos mal q no de bolsillo....lo q otros han echo,y te aconsejo q tu lo hagas tambien,q hables con el casero/agencia y si estan de acuerdo anular la clausula,q te lo pongan en un papel firmado....no pienses traer los animalitos pensando q nadie se va a enterar,porq bastante "gente de bien" tendras como vecinos como para arriesgarte....mas vale prevenir q curar!saludo

    • Respondido por: gabix
    • Hace 14 años
  • montoro

    montoro

    inquilino/a

    me parece  de absoluta ignorancia como ser humano que firmes un contrato donde se prohiba el no poder tener animales y lo incumplas.

    lo que te puede pasar es lo que te mereces por incumplir el contrato.

    • Respondido por: montoro
    • Hace 14 años
  • lucia82

    inquilino/a

    es kj para explicarlo todo no me coje de una sola vez,lo siento

    • Respondido por: lucia82
    • Hace 14 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Paolo:

     

    Coincido con la respuesta de mi compañero PHOLMO.

     

    Reciba un cordial saludo

  • tatateta

    inquilino/a

    llevo 12 meses, ya.saludos.

    • Respondido por: tatateta
    • Hace 14 años
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    manuel josé la Ley no/si entra en eso y desde luego los Tribunales también, le sugiero lea: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2010/09/mascotas-y-animales-domesticos.html

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
  • manuel josé

    casero/a

    La  ley  no entra en esto.  Lo  que sí  sucederá es que usted  será responsable de los daños ocasionados por los  animales (igual que de los ocasionados por ustedes), deduciendo del importe de la fianza el importe de los daños,faltas,averias,consumos, ... previa presentación de facturas. Todo ello figurará en el documento FINAL CONTRATO, firmado por ambos, previa comun icación FEHACIENTE 30 dias antes del término. saludos,

  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 14 años
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