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El inquilino ha decidido terminar el contrato 2 meses antes de tiempo. En el contrato hemos añadido una cláusula donde si esto sucedió:
“Para el caso de que el Arrendatario decida resolver anticipadamente el presente contrato, antes de haber transcurrido el plazo contractualmente pactado, deberá preavisar con un mes de antelación al arrendador su intención por burofax, e indemnizar al Arrendador con la perdida de la fianza”
¿Crees que es razonable que el propietario ha añadido esta cláusula y podría existir alguna razón que la cláusula no es aceptada por ley?
Podrían existir mil razones por las que esa cláusula no fuera aceptada. De hecho hasta podría ser que el alquiler no fuera de temporada.
Un saludo