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¿Es legal que nos cobren la subida anual a nosotros?
Ejemplo el propietario pagada en el 2008 200 euros y en el 2009 220, nos repercute la subida de 20 3uros.
Muchas Gracias,
Es legal si en el contrato figura, como ocurre a veces, un clausula en la que se manifiesta que el arrendador podrá repercutir al arrendatario las subidas que experimenten los impuestos que graven el local.
En http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/2009/09/servicio-de-consultas-legales.html estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente