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Ha llamado a la policía y no quiere irse y la policía me ha dicho que lo tengo que denunciar pero yo no s,oy la propietaria y no tengo permiso para subarrendar no sé qué hacer.
Los abogados, por lo menos yo, no pretendemos enseñar a los demás, aunque indudablemente no comparto el criterio de cambiar la cerradura, conforme expongo aquí.
El problema que expone rosad la situa en una muy desairada posición, ya que no parece que tenga acción para acudir al Juzgado, no porque el contrato sea verbal sino porque no está autorizada a subarrendar, por lo tanto en definitiva deberá acudir a la propiedad para que tome cartas en el asunto, lo cual puede implicar su salida del piso.
Vaya Vera. Gracias por "ilustrarnos".
Y yo que no tenía ni idea de que al hacer un contrato verbal a alguien no podías pedir el desahucio... Bueno es saberlo. El próximo contrato que me hagan intentaré que sea verbal para que no me puedan echar aunque no pague.
Y yo que creía que lo de cambiar la cerradura era algo impensable y que el domicilio de uno - en este caso del inquilino subarrendado - era inviolable, bajo pena incluso de cárcel para el allanador.
Buff, menos mal que estáis los abogado para enseñarnos a los demás.
Si hay contrato por escrito tendrá que poner una demanda de desahucio, pero sino hay contrato en teoría no puede echarle pues el contrato es verbal, pero yo cambiaría la cerradura, no puede probar que vive ahí.
Un saludo
Vera Grande Alonso
Abogado del Ilustre colegio de abogados de Madrid