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Hola,
Llevo varios años viviendo de alquiler en un piso que es bastante antiguo y la instalación electrica esta muy deteriorada lo que no me permite instalar radiadores o tener varias cosas encendidas a la vez. Ademas la media de factura de la luz me parece excesiva. Si mi contraro de alquiler pone que los gastos de las mejoras que se hagan en el piso los paga el inquilino y sé por experiencia previa que el arreglo de las cosas como la instalación del agua lo debe pagar el propietario:
¿se consideraria una mejora el arreglo de la instalación electrica? ¿Y si fuera necesario por el deterioro hacer una nueva instalación electrica la tendria que pagar yo o el propietario?
Gracias!
Es un caso mas de recordar que en los arrendamientos de vivienda siempre ocurre que el punto de vista sobre la idoneidad del inmueble varía entre el dueño y el inquilino. Objetivamente hay que decir que el inquilino tiene derecho a que la vivienda sea habitable y si no es así debe certificarlo por un dictamen pericial de técnico competente en la materia y puede intentar obtener esa habitabilidad o la resolución del contrato con indemnización de daños y perjuicios. Si para ello se ve precisado a acudir a la vía judicial necesitará Abogado y Procurador.
Para ampliar o aclarar esta información puede hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur./min. Desde fijo; 1,53 eur./min. Desde móvil)
http://pedrohernandezabogado. com/