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Me parece un abuso que los contratos se renueven de año entero en año entero.
Es posible en españa. De hecho hay muchos contratos que estipulan cláusulas desistorias con preaviso de un mes, no de tres. Todo es cuestión de pactarlo
En arrendamientos de duración pactada superior a cinco años, el arrendatario puede desistir del contrato siempre que el mismo hubiere durado al menos cinco años y dé el correspondiente preaviso al arrendador con una antelación mínima de dos meses.
También se puede pactar una cláusula de despenalización del desistimiento a partir del primer año de contrato por ejemplo...
Saludos - Papeleos Alquiler.