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La persona que va a alquilar mi piso quiere destinar una parte a despacho profesional, hay algun artículo o legislación referente a este asunto?, tendría que cobrarle por separado enfunción del espacio que utilice para despacho?
En cuanto a normativa fiscal: La diferencia fundamental es que la parte que utilice como despacho profesional está sujeta a IVA y vd no puede acogerse a reducción fiscal por esa parte.
En cuanto a la normativa civil veo dificil distinguir entre lo que es un contrato de vivienda y otro ajeno a vivienda, al tratarse de una unidad indivisible.
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