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Digo yo el IBI es el impuesto de bienes e inmuebles, qué bien o inmueble tenemos los que pagamos el alquiler. ¿No es obligación del propietario?
El artículo 21 de la LAU permite que el arrendador repercuta ese gasto al inquilino.
Para ello debe incluirse en el contrato, y especificarse a cuánto ascendió el importe del recibo del último año.
Puede haber un propietario que no repercuta NADA, ni basura ni IBI ni comunidad... pero ponga una RENTA muy ALTA.
Otros en cambio a lo mejor prefieren poner una renta más baja (atraen más inquilinos a primera vista) pero luego repercuten estos gastos.
Por ello lo mejor que puedes hacer para ver qué te conviene más es dividir los gastos anuales de un piso - incluida la renta - entre 12 y comparar.
Saludos - Papeleos Alquiler
El IBI según la ley la pagan los propietarios, pero muchos intentan que se le pague el inquilino y si lo consiguen y lo ponen en el contrato pues es un acuerdo válido.