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Gracias por la respuesta del abogado Pholmo. En mi contrato una cláusula adicional estipula: "El arrendatario se pondrá de acuerdo con los restantes vecinos", a fin de llegar a un buen regimen de convivencia en virtud del cual puedan tener siempre la puerta de la calle cerrada; a cuyo fin se ha instalado la cerradura electrica, permitiendo el abrirse dede cada rellano de pisos. La coservacion y reparacion de dicho automatico y su instalacion sera de cuenta y cargo, a porrata, de los inquilinos". Es lo que hemos hecho hasta ahora. La repuesta de la Sra. BB, tambien la agradezco pero no la entiendo.
Muy amable la explicacion del Sr.Crazyh sobre la respuesta de la Sra. BB. Le aclaro que no es una clausula nueva; son clausulas madicionales estipuladas en el mismo momento de la firma del contrato, que recogen por ejemplo que recibi una cocina, el regimen de limpieza de la escalera, lo dicho sobre el timbre automatico, etc.
Pero lo que no entiendo es, que si ya tenían contrato, el porqué firmar alguna cláusula nueva
Por favor, responda en el mismo hilo de la pregunta original, o sino es un caos.
La respuesta de la sra. Amparo BB era sencillamente para que su pregunta no se perdiese entre las demás y subiera en posición para que alguien que supiera la respuesta pudiese contestarla