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En lugar de los 6 meses de la última ley, me han hecho firmar un contrato por 1 año y el piso tiene problemas por una salida de humos cercana. ¿Voy a tener que cumplir el año de contrato?
Hola decmy:
Si se refiere a que en el contrato consta que el contrato se regirá por la LAU 1994, no existe ningún tipo de abuso, pues como le ha indicado mi compañero Pholmo los contratos se tigen por el contenido de la LAU 1994 en el momento de su celebración.
En cuanto a la duración de un año también es completamente ajustada a derecho antes y después de la reforma operada por la Ley 4/2013.
Por lo tanto, habría que examinar su contrato para ver si existe alguna causa nula o susceptible de ser declarada como tal en sede judicial.
reciba un cordial saludo.
decmykargb así es, salvo que en ese contrato haya pactado una clausula de penalización para este supuesto, en cuyo caso podrá marcharse pero pagando esa penalización, si es legal.Como ve tendría que leer ese contrato.
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Graclas PHOLMO entonces entiendo que aunque en el contrato ponga la anterior LAU, tengo derecho a rescindir el contrato a los 6 meses sin obligación de indemnizar, no?
No había leido su contestación, si eran abogadas o no sabían de que estaban hablando o pretendían engañarlo de un modo burdo
La Ley 4/2013 es simplemente una reforma de la lau 29/1994, con lo cual un contrato se regula de un modo u otro dependiendo de la fecha en que se firma, la voluntad de los contratantes en nada afecta a ello.
Gracias León, la verdad les insistí en este punto y me respondieron que ambas propietarias eran abogadas y que sabáin de qué hablaban. No quiero entrar en pleitos pero está bien saberlo por si acaso.
decmykargb: ya le he contestado en el hilo anterior que no es legal.