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Carlos75

inquilino/a

¿Es legal que mi casero me obligue a pagarle en mano, en vez de domiciliar el pago en una cuenta o pagarle mediante transfer?

Actualmente me desplazo a su oficina y le pago en metálico. A cambio el me da un recibo firmado por la cantidad abonada.

¿Que dice la ley al respecto? ¿No debería hacerse mediante transferencia bancaria o domiciliación?

Gracias.

  • Preguntado por: Carlos75
  • Hace 13 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Josep Térmens Viñas ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    La lau dispone que el arrendador fijará la forma de pagar el alquiler y está obligado a entregar recibo de dicho pago.

    para ampliar o aclarar esta información puede  hacerlo llamando al teléfono: 807 520 008 donde será atendido directa e inmediatamente (1,18 eur. /min. Desde fijo; 1,53 eur. /min. Desde móvil)

    http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/

    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 13 años
  • Paolo_x

    inquilino/a

    El pago en mano es válido si se aporta recibo.

     

    pablo.

    • Respondido por: Paolo_x
    • Hace 13 años
  • Josep Térmens Viñas

    Josep Térmens Viñas

    profesional

    No, esta forma es correcta, aunque el recibo debe especificar todos los conceptos que paga ( renta, IBI, impuestos..).

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