¿Es de verdad legal subir un 14% el alquiler al terminar el cuarto año?
Buenos días. Vivo de alquiler en un piso con un contrato realizado en septiembre del 2013, y al llegar el final del 4° año, recibo de parte de la inmobiliaria un aviso de que el propietario sube al alza 100 ? (un 14% de la mensualidad actual) para el año siguiente,y si no estoy de acuerdo, que deje el domicilio en 45 días (fecha de la finalización del 4°año del vigente contrato). Siempre se ha aplicado la variación anual del IPC, pero ahora, quería saber si tengo opción, si es legal esta subida tan grande de la renta o no. Antes de junio del 2013 se que había que esperara finalizar el quinto año para renegociar, pero con la actual ley, desconozco si es legal esta imposición de mi casero, o tengo que mudarme deprisa y corriendo. Gracias. Un saludo!
Preguntado por:
Diego Laguna
Hace 7 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (20)
Amparo BB ha sido el primero en contestar Amparo BB ha sido elegida Mejor Respuesta
Amparo BB
profesional
PdC sociedad inmobiliaria Como dije antes... no vale la pena. Es inútil argumentar ante la obstinación irracional.
Buenos días, "Puede tomarlo o dejarlo" es la forma más directa y concisa de responder de forma correcta a la pregunta que realizan. Podría maquillarla con eufemismos, pero no mejoraría en nada la conclusión de la misma. Creo que la insolencia en este caso es criticar una respuesta correcta por no estar redactada al agrado de uno...hemos de recordar que en este foro se contesta de manera gratuita, por lo que el simple hecho de molestarse en responder ya debería ser motivo de agradecimiento, y más cuando la respuesta es del todo correcta. Un saludo.
Amparo BB ha efectuado una respuesta clara,concisa y concreta. Es una super experta en estas lides y lleva casi 26.000 respuestas en su haber que le permiten gozar, por su eficiente labor totalmente desinteresada y en beneficio ajeno, de un respeto y admiración entre los que participamos de forma asidua en el foro. Me adhiero a la respuesta de Concha. Cuando un contrato termina, el casero es libre de disponer nuevamente de su propiedad, para alquilarla, venderla o pasar a vivir en ella, por tanto si quiere alquilarla otra vez, puede poner el precio que quiera y el interesado en dicho piso, si no le interesan las condiciones, puede rechazar la contratación y buscar otra vivienda.
Hay personas a quienes les escuece leer respuestas que no son de su agrado. Podría calificarlas usando nuestro idioma con mayor acierto que alguno. Pero es que me da pereza... :) Gracias :)
La ley es muy favorable a los inquilinos y por lo tanto los alquileres son altos. Es muy arriesgado alquilar una casa, metiendo dentro a alguien que no conoces. Los contratos de alquiler duran TRES años. Si en ese tiempo va bien la economía, suben los alquileres y el propietario podrá alquilar más caro. Si es al revés, el propietario deberá bajar la renta. Al término del alquiler, se estudia el mercado y ambas partes deciden con libertad. Si el mercado sube, el inquilino pierde. Y si baja, el propietario. Además, tengan en cuenta que cuando baja el mercado, el inquilino puede marcharse avisando con un mes de antelación, mientras que cuando el mercado sube, el propietario debe esperar tres años. Para cubrir las necesidades básicas de vivienda está el Estado, no los propietarios de viviendas, que no son ONG´s. Muchas veces son a su vez, deudores de los bancos o abuelitos que han estado toda su vida trabajando y ahorrando para complementar su pensión. Algunos deben acostumbrarse a leer opiniones distintas a las suyas, que no por ello son ofensivas. El fascismo es eso, pensamiento único.
Señor Holmo, usted jamás habría utilizado el término "Puede tomarlo o dejarlo" al referirse a alguien que se encuentra en la difícil encrucijada de tener que aceptar un aumento considerable o marchar de la que todavía es su casa. Y sé que no lo habría utilizado ya que yo soy cliente suyo y sus consejos siempre han destacado por su absoluta corrección y cordialidad. Las respuestas altivas, insolentes, atrevidas, descaradas o temerarias no figuran -afortunadamente- en su vocabulario. Otra cosa es que usted defienda a la tal Amparo por razones que desconozco. Las salidas de tono de esta persona son habituales y considero que este foro ganaría mucho sin ella.
Según el DRAE: Insolencia es 1. f. Atrevimiento , descaro . 2. f. Dicho o hecho ofensivo e insultante . 3. f. Acción desusada y temeraria . Me resulta chocante imputarle a Amparo BB insolencia por dejar de manifiesto la respuesta legal a la pregunta de quien consulta.
Hola, por supuesto que es insolente en el momento que habla de que no es una SUBIDA. Si que lo Es y en toda regla. Le está subiendo el piso a 100 euros al mes más. Para mi no es negociar decir que te subo el alquiler 100 euros al mes y sino te vas en 45 días es una subida de precio con poca negociación. Teniendo en cuenta que todos los propietarios hacen lo mismo, lo de los 45 días a parte de tener que hacer mudanza tienes que encontrar otro piso que tendrá un precio igual o mayor ya que todos son especuladores natos. No puede ser que te esten pagando la hipoteca del piso, cuidandote el piso e incluso reformandolo y encima "negocies" el alquiler. Si, por ley, pueden subirte el precio pero no es ético
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