Partiendo de que la Hacienda Vasca tiene su propia normativa, hay que saber la vivienda habitual es aquella en la que efectivamente reside el contribuyente (183 dias/año) y solamente se puede deducir por ella.
Si está alquilada es evidente que no es la vivienda habitual y además el inquilino la declarará como suya para deducir lo que le convenga.
En mi blog, cuya lectura le recomiendo,
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