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Hola. Alquile en Compostela un piso con dos estudiantes mas, por el período lectivo. Pagamos 140€ c/u aunque en en contrato figura el total de 420€. Mi habitación tiene humedad y filtraciones que la hacen inhabitable (porque ni la calefaccion la puede calentar ni ek deshumificador soluciona nada)e insalubre, y si el casero la tiene q arreglar le costaría demasiado porque es un problema casi estructural. Por lo que seguro intentará dar una solución provisoria para contentarme. Se que puedo resolver el contrato por una causa así. Pero que pasa si mis compañeros se quieren quedar? Podría el casero aceptar que se queden solo ellos pagando sus 140€ por no haberme resuelto mi problema? O ellos deberían irse? Corresponde que le deje mi fianza de poder irme?
Lo suyo sería revisar el contrato completo.
No obstante, una serie de matizaciones:
1) Para resolver el contrato por una motivo como el que indicas, tendrás que convencer a tu arrendador y, en caso contrario, acudir a un juez para que te autorice a resolverlo.
2) No puedes resolverlo tú solo: Eso sería una resolución parcial y dudo mucho que esté contemplada en el contrato. Si el arrendamiento lo firmasteis tres, no puede uno de ellos desvincularse libremente del contrato.
Para ello, necesitarás el consentimiento del arrendador Y de tus compañeros de piso, ya que, de lo contrario, seguirás siendo responsable del pago de la renta junto con ellos.
Un saludo,
El contrato dice que se rige por la ley de arrendamientos urbanos, y es "arrendamiento para uso distinto del de vivienda". Por el periodo universitario de septiembre a junio. Eso sirve?
Coincido con Amparo para contestar con rigor a sus preguntas hay que leer primero ese contrato.
En http://www.pedrohernandezabogado.com/ , donde tiene abundante información sobre estos temas, estoy a su disposición por si le puedo ayudar profesionalmente
Es necesario saber si tienes un arrendamiento de habitación, un arrendamiento de piso con carácter mancomunado, o un arrendamiento de piso con carácter solidario.
En los dos primeros casos puedes desistir (al margen de la indemnización que eso conlleve) en el tercer caso el seguir o desistir debe ser una decisión única de todos los inquilinos.