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El arrendatario es una SA, y la vivienda es para empleado lo cual consta en el contrato de arrendamiento.
Según el artículo 75.3.g del Reglamento del IRPF aprobado por RD 439/07, no hay obligación de retener IRPF sobre las rentas procedentes del arrendamiento de viviendas por empresas para sus empleados. En cuanto al IVA hay que decir que el artículo 20.1.23º de la Ley 37/1992 sufre una doble interpretación. Algunos tribunales como el Tribunal superior de justicia de Madrid dicen que los arrendamientos de vivienda por empresas para sus empleados están exentos de IVA, siempre que en el contrato de arrendamiento se designe expresamente la persona empleada que la ocupará y su destino exclusivo a vivienda. Sin embargo, creo que Hacienda sigue considerando que deben tributar al tipo impositivo del 16%. En consecuencia, tendrá que preguntar en su Delegación de Hacienda y quizá tenga que elegir entre discutir o aplicar IVA. Con esto quedan contestadas sus preguntas. Para más detalles puede leer mi respuesta a otro usuario en http://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/caseros/alquiler-pisos-a-empleados-empresas_13530.html