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elegua2006

inquilino/a

Me pueden echar de la vivienda si no hay contrato ni impago?

En mi trabajo, como parte de pago, acordamos el alquiler de una vivienda. Ahora me despiden del trabajo y quiero saber cuanto tiempo tengo para que me echen de la vivienda, no hay contrato de arrendamiento ni contrato laboral, tampoco impago por mi parte, los que me deben dinero son ellos.

Gracias

  • Preguntado por: elegua2006
  • Hace 12 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (6)
Pedro Martinez Mtnez ha sido el primero en contestar
Pedro Martinez Mtnez ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

     

    Para tu mayor tranquilidad te transcribo el art. 285 de la LRJS

    Lanzamiento del trabajador de la vivienda por razón de trabajo.

    1. Cuando recaiga resolución firme en que se declare la extinción del contrato de trabajo, si el trabajador ocupare vivienda por razón del mismo deberá abandonarla en el plazo de un mes. El secretario judicial, si existe motivo fundado, podrá prorrogar dicho plazo por dos meses más.

    2. Una vez transcurridos los plazos del apartado anterior, el empresario podrá solicitar del juzgado la ejecución mediante el oportuno lanzamiento, que se practicará seguidamente observando las normas previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Te recomiendo que hagas una consulta sobre tu caso laboral en laboro.net. Son muy buenos en temas laborales. Cuando envíes la consulta repásala, porque cobran por consulta, así que mejor ponerlo todo en la primera.

    Te asesorarán sobre los pasos a seguir y lo que tienes que hacer.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • elegua2006

    inquilino/a

    OK, gracias. Ya he contactado con un abogado y les voy a denunciar por mi situación laboral absolutamente irregular y por querer despedirme cuando he estado unos días de baja.

    Hasta que salga la resolución tengo derecho a quedarme en la vivienda?

  • Crazyh

    Crazyh

    profesional

    Todo perfecto, pero yo esperaría a que me lo comunicasen por escrito. 

    Si demandas por despido improcedente, hasta que no se resuelva puedes seguir en la vivienda.

    • Respondido por: Crazyh
    • Hace 12 años
  • Oscar Aparisi

    Oscar Aparisi

    inquilino/a

    La deuda deberás reclamarla,viviendo arriendo de lvivienda era parte de tu nomina, por lo tanto si hay despido, deberás abandonarla en un mes.

    Otra cosa es que quieras denunciar pordespidió improcedente, por explotación etc.,. Para todo ello necesitaras un abogado.

  • Pedro Martinez Mtnez

    Pedro Martinez Mtnez

    profesional

    Si te deben dinero lo que debes hacer es reclamarlo, pero si hay despido debes abandonar la vivienda en el plazo de un mes desde la resolucion.

    Pedro Martinez

    Abogado

    5001@icagr.es

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