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En mi trabajo, como parte de pago, acordamos el alquiler de una vivienda. Ahora me despiden del trabajo y quiero saber cuanto tiempo tengo para que me echen de la vivienda, no hay contrato de arrendamiento ni contrato laboral, tampoco impago por mi parte, los que me deben dinero son ellos.
Gracias
Para tu mayor tranquilidad te transcribo el art. 285 de la LRJS
Lanzamiento del trabajador de la vivienda por razón de trabajo.
1. Cuando recaiga resolución firme en que se declare la extinción del contrato de trabajo, si el trabajador ocupare vivienda por razón del mismo deberá abandonarla en el plazo de un mes. El secretario judicial, si existe motivo fundado, podrá prorrogar dicho plazo por dos meses más.
2. Una vez transcurridos los plazos del apartado anterior, el empresario podrá solicitar del juzgado la ejecución mediante el oportuno lanzamiento, que se practicará seguidamente observando las normas previstas en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Pedro Martinez
Abogado
Te recomiendo que hagas una consulta sobre tu caso laboral en laboro.net. Son muy buenos en temas laborales. Cuando envíes la consulta repásala, porque cobran por consulta, así que mejor ponerlo todo en la primera.
Te asesorarán sobre los pasos a seguir y lo que tienes que hacer.
OK, gracias. Ya he contactado con un abogado y les voy a denunciar por mi situación laboral absolutamente irregular y por querer despedirme cuando he estado unos días de baja.
Hasta que salga la resolución tengo derecho a quedarme en la vivienda?
Todo perfecto, pero yo esperaría a que me lo comunicasen por escrito.
Si demandas por despido improcedente, hasta que no se resuelva puedes seguir en la vivienda.
La deuda deberás reclamarla,viviendo arriendo de lvivienda era parte de tu nomina, por lo tanto si hay despido, deberás abandonarla en un mes.
Otra cosa es que quieras denunciar pordespidió improcedente, por explotación etc.,. Para todo ello necesitaras un abogado.
Si te deben dinero lo que debes hacer es reclamarlo, pero si hay despido debes abandonar la vivienda en el plazo de un mes desde la resolucion.
Pedro Martinez
Abogado