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azahara

inquilino/a

dudas piso alquiler
Hola, queremos entrar en un piso de alquiler en el que los dueños dieron ayer de alta el agua y la luz por cierto a nombre suyo pero con mi numero de cuenta, las altas las pago yo, el agua la pusieron el mismo día pero la luz tarda máximo 5 días, quieren que firmemos el contrato el lunes y darnos las llaves ese mismo día, pero yo no quiero entrar sin luz, pues todo va eléctrico y tengo un bebe de 1 año que no voy a darle de comer a base de bocadillos a diario hasta que venga la luz, el lunes es día 6 y no se si me va hacer pagar desde el día 1 pues no sea que día se va a hacer el contrato, ellos quieren que entremos cuanto antes, si entro el lunes muy a mi pesar por que entrare sin luz tengo que pagarle desde el día 1 o desde el día que entre que sera 6? Gracias.
  • Preguntado por: azahara
  • Hace 9 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (8)
Piscis tres ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • azahara

    inquilino/a

    Hola, lo hemos mirado y si es así, muchas gracias!!!
    • Respondido por: azahara
    • Hace 9 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Buenas tardes, azahara:
    La respuesta a su pregunta la encontrará en su contrato: fecha de entrada en vigor y forma y plazo de pago de la renta. Lo habitual es que si el contrato entró en vigor el día 6 de Julio usted pague el mes entero que va desde 6 de Julio al 6 de Agosto, 6 Agosto al 6 de Setiembre y así sucesivamente
    Reciba un cordial saludo
  • azahara

    inquilino/a

    Hola, ya hemos firmado el contrato y esta a fecha de dia 6 de julio, pero las llaves me las dieron el día anterior para ir metiendo cosas, me trajo los recibos de la fianza y el mes, el mes completo desde el día 1 y la fianza, yo lo pague, no muy convencida pero lo pague, y hoy me entrega el contrato a fecha de día 6, tendría que haberle pagado el mes completo o desde el día en que el contrato entra en vigor? Muchas gracias la verdad que en estos temas estoy muy perdida.
    • Respondido por: azahara
    • Hace 9 años
  • Jan Abogado

    profesional

    Hola Azahara:
    Una solución es que el contrato se firme el Lunes 6 de Julio y se pacte en el mismo que la entrega de llaves y, por tanto, entrada en vigor del mismo sea en fecha posterior( Vg 12 de Julio). De esta forma los derechos y  obligaciones dimanantes del contrato comenzarán el día 12 de Julio.
    Respecto a los consumos coincido con las respuestas anteriores.
    Reciba un cordial saludo.
    http://letradosalquileres.es.tl/
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Tenéis que acordarlo entre vosotros. Lo que pactéis, que así figure en el contrato.
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Lo de la luz y el agua, no te ha de preocupar ya que el día que dejes la vivienda solamente tendrás que anotar en el documento de resolución del contrato la lectura de los contadores de suministros, hasta cuya lectura es lo que tendrás que pagar. Referente al contrato, te repito que antes de la firma pide lo que quieras, al igual que el arrendador también lo hará, y si llegas a un acurdo lo firmas, pero antes que te deje consultarlo con un abogado experto en arrendamientos urbanos para que te asesore sobre todo ello.
  • azahara

    inquilino/a

    El alta lo pago yo y va a nombre de el propietario por decisión de el, yo preferiría que fuese a mi nombre por que el día que me vaya lo doy de baja y que se apañen, que para eso he pagado las altas, pero se empeña en que sea de esta manera, y lo de entrar el día 6 o cuando haya suministro pagando la parte proporcional creo que el no tiene esa intención , creo que quiere cobrarme desde el día 1 entre el día que entre, puede hacerme pagar el mes completo?gracias de nuevo
    • Respondido por: azahara
    • Hace 9 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Antes de firmar el contrato, todo es negociable, por tanto o accedes a las pretensiones del arrendador, o te esperas a que esté instalada la luz para firmar el contrato o firmas el contrato poniendo que el pago de la renta empezará a correr a partir del día que ya esté instalado el suministro eléctrico. Referente a la titularidad de los contratos de suministros, si el alta la pagas tu, lo lógico es que estén a tu nombre, al menos yo como arrendador lo prefiero, ya que si mi arrendatario deja deudas de suministros, éstas no van a mi cargo, pero no todos los propietarios opinamos igual.
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