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Juan carlos

inquilino/a

Divorcio propietario
Hola buenos días, el propietario de mi casa, quiere que abandone la vivienda en dos meses porque se está divorciando. En la LAU figura que la prórroga automática del contrato podrá cancelarse en el supuesto de que el propietario necesite la vivienda para el o terceros etc... pasados el 1º año de contrato. Pero en mi caso, no existe prórroga automática, ya que el contrato es de 3 años y aún me quedan casi 2. ¿Puede este señor echarme de mi casa si que en el contrato halla ninguna otra cláusula que de le derecho a ello.? En el caso de poder: ¿Puede hacerlo sin necesidad de mostrarme ningún tipo de documento legal que demuestre divorcio, separación o nulidad matrimonial?
  • Preguntado por: Juan carlos
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Juan carlos ha sido el primero en contestar
Piscis tres ha sido elegida Mejor Respuesta
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Juan Carlos si su contrato se pactó por tres años, en todo caso su casero, si necesita esa vivienda , podrá denegarle la continuación en ese alquiler cuando se cumpla el periodo pactado para el mismo. Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Piscis tres

    Piscis tres

    casero/a

    Si tu contrato es por tres años, el arrendador tendrá que esperar a la finalización del arrendamiento para ocupar la vivienda al inicio del cuarto año.
  • Juan carlos

    inquilino/a

    Discúlpenme por el error, el termino que aparece en la citada ley es: prorroga obligatoria, para contratos con duración inferior a 3 años.
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