Hola buenas tardes Hace 3 años firmé un contrato estándar de alquiler, en el que el casero metió una frase que decía "a la finalizacion del contrato la vivienda se encontrará en las mismas condiciones que como se entregó, es decir pintado y con deterioros producidos por el paso del tiempo". Lo intenté negociar para quitar lo de la pintura. Ahora he dejado el piso y se encuentra en perfectas condiciones, la pintura está impecable (salvo un par de desperfectos por roces, nada importante). Pues bien, la sorpresa fue mayúscula cuando el casero se puso agresivo y me pidió que le pintara el piso entero... Cuando yo en todo momento he defendido que el piso lo devuelvo en perfecto estado salvo lo que se haya menoscabado... Pues nada, el casero me retiene la fianza y dice que no piensa devolverme nada. Pienso que su actitud va en contra totalmente tanto de la LAU como del propio código civil, pero me gustaría conocer vuestra opinión. Han pasado 10 días desde entonces. He mandado burofax explicando la situación y ahora no sé cómo continuar... Llamada? Juicio verbal directamente? Llamada de abogado? Rogaría me echaran una mano con el tema. Muchas gracias!
La parte de "no piensa devolverme nada" es fácil de responder. El propietario no tiene la potestad de quedarse con la fianza sin más. Es inexcusable devolverla o acreditar documentalmente las cantidades que se retienen. Recibos pendientes, reparaciones de desperfectos imputables al inquilino, etc. Si no se devuelve el remanente, a los 30 días naturales devenga interés.
La parte de la pintura se ha comentado en preguntas anteriores: https://www.enalquiler.com/comunidad-alquiler/inquilinos/descuentan-fianza-pintura-pintar-piso-eso-legal_43475/2
Tenga usted en cuenta que la cláusula de su contrato, tal como está redactada, podría ser ilegal. El mantenimiento de la vivienda en condiciones habitables le corresponde al propietario, con lo que el pintado no le corresponde a usted más que para reparar daños imputables a usted y no al uso corriente y el paso del tiempo.
Aperciba al propietario que si tras 30 días naturales después de la salida de la vivienda no ha procedido a reintegrar la fianza puede ser demandado. Las demandas de hasta 2000 euros no necesitan ni abogado ni procurador.
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