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Soy arrendador de un local con un contrato de 1995 en el que no se hizo ninguna mención acerca de su duración, ni tampoco prevé plazo alguno de preaviso por el arrendatario en caso de desistimiento unilateral por éste.
La pregunta es si el arrendatario puede desistir del mismo a su voluntad y en cualquier momento y, si es así sin matices, qué plazo de preaviso se debería observar.
Perdón, hay un error, el contrato no es de 1995 sino de 1992. Es decir, claramente anterior a la actual lau.