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carolinasainz

inquilino/a

¿Tengo derecho a una indemnización?

soy inquilina y la comunidad decidio cambiar los bajantes de agua y aprovecharon para tambien arreglar la entrada a la finca. La cuestion es que la obra está parada desde hace dos meses porque no se ponen de acuerdo para elegir los materiales de acabados(suelos y paredes).

Actualmente la entrada está llena de escombros y todo el suelo levantado , así que resulta casi imposible poder pasar con seguridad ( no puedo utilizar el coche de mi hija y ella más de una vez se cayó al suelo por esta causa).

Mi pregunta es si tengo derecho a algún tipo de indemnización, ya que ni la inmobiliaria donde pago la renta, ni la comunidad de vecinos, ni el dueño me dice nada de nada al respecto. Incluso el administrador me dijo que si no estaba conforme, que ya sabia como era el tema, que me marchara. Espero vuestra respuesta y gracias!!!

  • Preguntado por: carolinasainz
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si tu contrato es de 1 año y se va renovando año a año, podrás irte en cualquier cumpleaños del contrato, previo aviso al arrendador con, al menos, un mes.

  • carolinasainz

    inquilino/a

    Hola Amparo! gracias por contestar. La obra afecta solo a la entrada de la finca, pero el problema es la suciedad que hay y la inseguridad al desplazarte. Ademas no hay quien informe nada: no hay cartel ni avisos ni nada, lo unico que me comentaron es que aun no se han puesto de acuerdo los propietarios y no hay fecha para retomar la obra ni cuanto demorara!

    Gracias..

    Pd: estoy pensando en dejar el piso antes de que acabe el contrato de 5 años, pero a mi me lo renuevan cada año. Si quisieran penalizarme por irme antes de tiempo, aunque yo avisara un mes antes, podria alegar esta causa para marchar?

  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    ¿Hay alguna parte de tu casa que no puedas usar? ¿O sólo se trata de dificultad de acceso por el portal?

    En el primer caso tendrías derecho a una rebaja en el alquiler proporcional a la parte de tu vivienda de que te vieras privada.

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