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Almu

casero/a

Derecho de tanteo en contrato de alquileres
Buenas tardes,  Quería saber si, en un arrendamiento de vivienda, cuyos 5 años de prórroga obligatoria vencen en noviembre, y cuya intención, por parte del casero es no continuar arrendando para vender posteriormente, es obligatorio comunicarlo al arrendatario para que manifieste si quiere adquirirlo con preferencia, o al vencer ya las prórrogas obligatorias no existe esta obligación. Gracias por adelantado.
  • Preguntado por: Almu
  • Hace 7 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (2)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • PHOLMO

    PHOLMO

    profesional

    Almu voy a matizar la acertada respuesta de Amparo, mientras permanezca vigente un contrato que reconoce al inquilino el derecho de adquisición preferente, el casero deberá ofrecerle la venta en primer lugar. ES patente que la prórroga de un contrato significa que sigue vigente, otra cosa es su renovación, como le ha dicho Amparo, con renuncia del inquilino al tanteo y retracto.
    EL DECALOGO DEL CASERO Pedro Hernández Olmo, abogado
    • Respondido por: PHOLMO
    • Hace 7 años
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Si el contrato se PRORROGA, las condiciones son las mismas.

    Le sugiero haga contrato nuevo en noviembe, incluyendo la renuncia a ese derecho.
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