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Cristian Dominé

inquilino/a

¿Pueden ganar un juicio por no salir del piso en la fecha del fin del contrato?
Con un mes de antelación de la expiracion del contrato de alquiler he recibido una llamada de la abogada del propietario diciéndome que no quiere (su cliente) prolongar el contrato de alquiler y que me va a mandar una carta al respecto y que a continuación ir al despacho de la misma para firmar un nuevo contrato con una renta superior! El hecho es que tuvimos la suerte de ganar un piso de vpo el cual se quiere entregar al final de este noviembre - principio de diciembre y el contrato de alquiler expiró al principio de noviembre. Fuimos al despacho de la abogada para firmar un nuevo contrato de alquiler de duración de 3 meses (a base del contrato de compra-venta del piso vpo), donde nos ha pedido una copia. Al no dejarle una copia del contrato de compra-venta (le hemos dicho que se anote cualquier dato del contrato pero que no podemos dejarle ni una copia del mismo) no ha querido hacer el nuevo contrato! ¿Pueden ganar un juicio por no salir del piso en la fecha del fin del contrato?
  • Preguntado por: Cristian Dominé
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
manuel josé ha sido el primero en contestar
manuel josé ha sido elegida Mejor Respuesta
  • Eduardo Llarena

    Eduardo Llarena

    profesional

    Sí, pueden ganar, incluso puede haber una penalización prevista en el contrato por no marcharse en la fecha prevista. De todas formas el juicio para echarles tardará más de tres meses. Negocie.

    A su disposición para lo que pueda necesitar,
    www.asistencialegal.net
    Puede ver más en mi blog asistencialegal1.blogspot.com
  • manuel josé

    casero/a

    Al no comunicar ni vd. ni el arrendador en plazo suficiente por burofax con acuse de recibo 30 dias antes finalización, se prorroga automáticamente y, al marchar en medio de la anualidad es incumplimiento de contrato. Negocie. Antes de marchar harán revisión de cómo queda el piso, desperfectos, averías, consumos pendientes ( o lectura contadores) figurando en documento final de contrato y, deduciendo del importe de la fianza y garantías, el importe de desperfectos, consumos pendientes, faltas,... pagándole antes del plazo de 30 días de finalización, la diferencia si la hubiere o pagar vd más, previa presentación de facturas. Saludos,
  • manuel josé

    casero/a

    Si no hay comunicación fehaciente, por burofax con acuse de recibo 30 dias antes de la finalización del contrato o una de las anualidades, se prorroga automáticamente y al ser el 5º año, lo hace por 3 años más. Al no hacerle el contrato, si no le avisa de la extinción del actual ni vd. desistir con preaviso 30 dias finalización ( por burofax y acuse de recibo) se prorroga ese contrato por 3 años más en los cuales puede vd. desistir al final de cada anualidad comunicando 30 días e igual forma. Si vds. a los 3 ó 4 meses se marcha rescinde unilateralmente el contrato y, si le demanda, un juez puede condenarle al pago de mensualidades restantes hasta final anualidad o hasta que vuelva a estar el piso alquilado. Muchos gastos de abogados, procuradores, costas judiciales. Mejor negociar y, con pérdida de una o dos mensualidades, firmar ambos rescisión de conformidad, para evitar la demanda. Saludos,
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