He alquilado con una socia el 15 de junio, un local comercial. Los propietarios del local y nosotras hemos acordado una obra de instalacion de salida de humos, entregándoles 2500?, a restar del alquiler durante un año. Ha habido muchas circunstancias legales con la obra y se nos retraso la apertura 2 meses, siendo pérdidas y gastos, dado que los propietarios queran hacerca la obrasa con lciencia menor y era mayor. Querríamos dejar el local dado que nos pueden los gastos, es posible en un contrato de un año, prorrogable por otros 5, teniendo que avisar con 3 meses de antelación de la prórroga, es posible realizar con la nueva Ley de arrendamiento el aviso con 30 días y que se les paga la indemnización que les corresponde al año que que queda y ellos devolvernos la fianza??
Tenéis que cumplir el año convenido, preavisando fehacientemente del desistimiento del contrato por todo lo antes d los tres últimos meses de dicha primera anualidad. Independientemente se puede intentar reclamar a la parte arrendadora los daños y perjuicios que se hayan ocasionado, siempre que los podáis demostrar y sea por culpa o negligencia de la misma. También se puede intentar una negociación entre las partes para rescindir el contrato antes del vencimiento del primer año.
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