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Alquilé un piso hace 2 meses y desde un principio el propietario ( que en ese entonces yo ni mi pareja lo sabiamos) debido a que este hablaba como si no lo fuera, y que solo era el de la inmobiliaria. hasta ahora no se lo he dado, quiero asegurarme si me puede cobrar ese dinero ya que si trabajaba de eso, y en estos momentos ya no lo hace, y no solo eso que si no tambien que en el portal del edificio tiene un cartel donde dice que este mismo es de proteccion oficial por el instituto de la vivienda.
Ademas quiero agregar que me lo ha alquilado con trastero y resulta que el propietario nisiquera a quitado sus cosas de ahi, por lo que mi marido tiene que tener sus herramientas dentro del piso. quisiera saber que derecho tengo en cualquiera de los 2 puntos en cuestion. gracias
Marina.
1.- El pago de la comisión: nada tiene que ver que el propietario trabaje en ella, encargaste sus servicios y hay que pagar según lo acordado.
2.- Vivienda de Protección Oficial: el órgano competente de tu Comunidad Autónoma te informará si la vivienda en cuestión sigue sometida a ese régimen y si es así, si tiene límite en el precio del alquiler. En este último caso te informarán también la manera de conseguir que el propietario ajuste el precio al límite legal.
3.- El trastero: si lo pagas, la utilización es exclusivamente vuestra. Solicita del pripietario que lo desocupe con la mayor brevedad. Si no lo hiciera, yo le advertiría mediante burofax que avisarás a los servicios municipales de resíduos para la retirada de sus enseres, pasándole al cobro los posibles gastos que ello te ocasione.