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Javier Martorell

inquilino/a

¿Cuál es el plazo legal para la devolución de la fianza por el arrendador al finalizar el contrato?
¿Existe un plazo legal de devolución de la fianza? ¿Se puede penalizar la demora del mismo al elaborar el contrato?
  • Preguntado por: Javier Martorell
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
Amparo BB ha sido el primero en contestar
  • Amparo BB

    Amparo BB

    profesional

    Son 30 días, que es lo que tarda la Administración de Viviendas de las Comunidades Autónomas en devolverla.
    La LAU ya penaliza, pero es de risa.
    Artículo 36-4. El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución.

    Supongo que podríais pactar un interés mayor, ya que sería una cláusula que beneficia al inquilino. Pero si el casero la acepta, también querrá que el mismo tipo se pacte para los retrasos en el pago de la renta.
    Ya sabes, cada vez que se pague después del día 7 de cada mes...
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