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Buenas tardes:
El propietario del piso que quiero alquilar como vivienda habitual quiere hacer un contrato por once meses que sea "renovable por períodos anuales de mutuo acuerdo por ambas partes". ¿Qué diferencia hay entre hacer un contrato por once meses o por un año? ¿Puede exigirme que ponga la luz a mi nombre? Gracias.
Hola,
Si puede obligarte que pongas a tu nombre de la luz.
Si quieres firmar el contrato firmalo, ya que no hay diferecnia ninguna, pero sepas que ponga lo que ponga en el contrato, tu al cumplir los once meses podrás quedarte hasta un máximo de 5 años, el solo podrá no renovarte al cumplir el 5º año, avisandote con un mes de antelación.
El que no tenga ni idea de la LAU no es tu problema.
la diferencia está en que tu casero no tiene ni idea de la LAU.
si es tu vivienda habitual la ley te otorga el derecho de estar ahí hasta 5 años independientemente de lo que diga el contrato. Tu casero no te puede echar (mientras pagues) antes de 5 años.
Hay una falsa creencia de que si se hace un contrato por 11 meses no se rige por las prorrogas obligatorias que marca la ley.