Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Hola, queremos alquilar un piso en Barcelona, pero por habitaciones.
que tipo de contrato puedo hacer? Que riesgos tengo?
hemos de declarar los ingresos obtenidos?
gracias.
Hola mariramilo:
hola dahins:
le aconsejo la lectura de los dos siguientes enlaces por el orden en que aparecen:
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-habitacion-en-piso/
http://blog.enalquiler.com/2011/guias-alquiler-pisos/contrato-alquiler-piso/
Reciba un cordial saludo
Despacho Armando García Fernández.
Email:: armandogarcia@ical.es
Muchas gracias. El contrato me puede servir, pero veo que no está sujeto a LAU. No tendrás un modelo que lo tenga, no?
El contrato de habitaciones es prorrogable? Es legal este contrato en el caso que no me paguen el alquiler, se estropee algo o bien los quiera hechar? Hacre falta llevarlo ante notario para que sea legal?
Es obligatorio en declarar estos ingresos?
En mi página tienes un contrato que puede servirte de modelo, aunque, si es la primera vez que alquilas lo sensato es ir a un abogado experto en arrendamientos a que te confeccione un modelo que se ajuste a tus exigencias.
Parecidos riesgos que si fuera un contrato de arrendamiento de piso completo, sumando la convivencia entre extraños que puede, si hay algún elemento indeseable, viciar el ambiente...
Claro, las rentas deben ser declaradas en su IRPF del año próximo.
Saludos - Papeleos Alquiler.