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Me informa que vienen a vivir sus padres.
Tu derecho es de habitar hasta enero de 2011 y no tienes ninguna obligación de dejarlo ante. Lo que si puedes decirle es que si te hace una propuesta, pues que la valorarás.
solo puede disponer de la vivienda por este motivo si lo ha especificado así en el contrato que firmaron. si no, no. No tiene derecho a una indenmnización, sino a que se le respete el contrato hast el final. eso sí, puede llegar a un acuerdo con el propietario y que le compense económicamente por marcharse antes de la finalización del contrato.