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Voy a alquilar un piso por 400€ + 50 euros de comunidad. He pedido al dueño que en el contrato figure 450€ como precio del piso, pero se niega, dice que figuraran 400€ más 50 &Euro; de comunidad, y que la comunidad debo domiciliarla a mi nombre y pagarla a parte del piso.
Tiene alguna implicación legal? Como inquilino puedo deducir esos 50 euros como parte del alquiler?
Gracias de antemano
Si en el contrato de alquiler sale reflejado el pago de 400+50, sí, puedes declarar esa cantidad como gasto de alquiler
gracias a ambos, pholmo y angel. He revisado la lau y parece que si hay acuerdo entre arrendador e inquilino y se deja constancia en el contrato no hay problema, aunque los gastos generales deberían ser asumidos por el arrendador no por el inquilino. supongo que si lo pago yo los recibos de la comunidad deberían estar a mi nombre, para evitar como dice angel que el arrendador pretenda desgravar por ese gasto.
¿Sabeis si aceptando lo que el arrendador quiere, que es separar pago de alquiler y comunidad a la hora de hacer mi declaración de la renta estaría correcto declarar 450 € como gasto de alquiler, incluyendo así la comunidad?
gracias de nuevo
saludos cordiales
No se si será el caso, pero por si lo fuera, te comento:
- Podria ser que tu casero quiere que la cuota quede lo mas baja para que no le grave en la declaración de renta (erroneamente).
Si ese es el caso, dile que si te los cobra en la cuota y los paga el esos 50€, después los puede desgravar con lo que el resultado es el mismo en cualquiera de los dos supuestos. Otra cosa sería que quiera declarar solo 400 y después encima desgravarse los 50 que pagues tu (pero no creo que sea el caso).
El pago de los gastos de Comunidad está perfectamente tratado en la LAU, precisamente me da la impresión que su casero no quiere que queden englobados en el alquiler por razones fiscales, para que no se le consideren alquileres y por ello rentas d einmueble en IRPF.
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