Condiciones mínimas de un piso para poder alquilarlo (es obligatorio que tenga horno, fogones, heladera?? )
En sí, quiero saber que es lo mínimo que exige la ley, que deba tener un piso, en cuanto a muebles, aparatos de cocina (heladera, horno y fogones) y en cuanto al estado de puertas y ventanas para que me lo alquilen.
Mi caso concreto es el siguiente:
Vivo en un piso desde hace 4 años. A partir de 2009 el contrato me lo hacen a mí. Hasta ahora, el anterior titular del contrato de alquiler, un amigo, soportó que la propietaria no nos cambiara la lavadora cuando se rompió por antigüedad; la cocina tienen un fogón eléctrico que provoca cortes de luz al usarlo y el que fuciona a gas que se apaga solo. En su momento vinieron los del seguro de la casa y le dijeron que esa cocina ya debe cambiarla pero ella se niega. Otra cosa es la persiana de una puerta-ventana que no se puede habrir desde hace dos años, y otras cosas menores. Yo quiero hacer el contrato, pero, puedo exigir que me reparen estas cosas antes de hacérmelo?? Y si lo hago estando todo así, luego puedo exigir que me lo repare
Preguntado por:
ezequiel
Hace 15 años
Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (3)
Alquilaalive ha sido el primero en contestar PHOLMO ha sido elegida Mejor Respuesta
Antonio Postigo
profesional
Si no quiere tener problemas, lo mejor es que todo se repare antes de firmar el contrato, y si no le satisface el estado de la vivienda procure encontrar otra. En estos tiempos es relativamente fácil elegir viviendas en buenas condiciones.
Si por el motivo que fuera, decide arrendar la vivienda así, bajo pacto de que se repare todo. Detallen claramente la situación de la vivienda, y dejen muy bien recogido el plazo en el cual se repararán o sustituirán los elementos que lo necesiten.
También recoja claramente quién paga cada una de esas reparaciones.
Establezcan un plazo claro de reparaciones, finalizado el cual, si alguna de ellas no hubiera sido resuelta le permita a usted rescindir el contrato sin penalización, o afrontar la reforma o sustitución descontandolo del alquiler.
En cualquier caso, lo importante es que todos y cada uno de los acuerdos, y todas y cada una de las deficiencias, queden recogidas por escrito (y firmadas por las partes). Así como lo que procede hacer en el caso de que no se cumpla lo pactado.
El piso debe reunir una serie de requisitos osea que sea habitable y ello conlleva muchas más cosas de las que has puesto. Si tu compañero anterior ya tuvo estos problemas yo me pensaría mucho firmar un contrato con una señora que pone en riesgo tu vida. El tema de la cocina es peligroso, parece mentira que ocurran cosas así. Exigir podrás pero, por lo que me dices, yo me pensaría mucho el tema e intentaría encontrar otra cosa. Ahora los-las propietarios-as no tenemos tanta manga para hacer lo que queramos tenéis que pensar que el mercado lo regula quien paga, no quien ofrece .... Piensa en ello. Un saludo y suerte.
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