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Javier Martorell

inquilino/a

¿Cómo se considera al alquiler de una vivienda para residir en la localidad por trabajo?
Mi familia y yo tenemos una vivienda en propiedad. Ahora necesito una vivienda en alquiler para residir a 125 km por razones de trabajo ¿se considera vivienda habitual según la LAU o bien como segunda vivienda o de temporada? ¿qué legislación se aplica?
  • Preguntado por: Javier Martorell
  • Hace 15 años
  • Categoría: Legislación alquiler
Respuestas (1)
manuel josé ha sido el primero en contestar
  • manuel josé

    casero/a

    Si hace un contrato por 6 u 9 meses en una localidad y Vd. tiene vivienda habitual en otro lugar, le pueden hacer un contrato de temporada. Pero no es suficiente que en el contrato ponga que es de temporada. Tiene que justificarse que es de temporada por movilidad geográfica por motivos laborales. Con los contratos de temporada el inquilino no tiene derecho a las prórrogas obligatorias anuales del mismo cuando se termina el contrato e ir sumándolas hasta un mínimo de cinco años. El casero puede dar por terminado el arrendamiento cuando terminen esos 6 u 9 meses de alquiler o el tiempo que se determine en el contrato de temporada.
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