Actualmente no se publican nuevas preguntas y respuestas en La Comunidad, que queda accesible únicamente como página de consulta.
Tengo una segunda vivienda en la provincia de Huesca, mi intención es alquilarla por días y semanas pero no se como debo hacerlo y si hay obligación de declararlo. Si es así, que trámites debo de seguir para hacerlo?
Coincido con la matización de mi compañero PHOLMO, pero quisiera añadir que segun esta consulta vinculante de la AEAT, lo dicho por el compañero PHOLMO es cierto cuando el casero se obliga a prestar algún servicio propio de la "industria hotelera" como restaurante, lavado de ropa, etc.
Imagino que zaraky no va a hacer nada de esto, sino que simplemente va a alquilar su vivienda de la playa y nada más. Por lo tanto, segun la AEAT, su alquiler no devengará IVA, sino simplemente el IRPF.
Hay otro aspecto a tomar en consideración Se tratará de un contrato no sujeto a la LAU como alquiler de alojamiento vacacional y ademas estará sujeto a IVA
zaraky: por supuesto que tiene que declararlo.
Los pasos a seguir son los mismos que en el caso de un contrato de vivienda "normal". La principal diferencia es que se tratará de contratos de temporada, no de vivienda. Pero nada más.